
En el marco del «fast track» legislativo en materia de seguridad, por unanimidad, el Senado aprobó en general y en particular el proyecto que modifica el Código Penal, agravando la pena del delito de secuestro, lo que será sancionado con cárcel que va de 5 años y 1 día a 15 años y se aumentará a presidio perpetuo, cuando con motivo del secuestro se comete, además, homicidio, violación o lesiones gravísimas. Cabe recordar que, en la actualidad, el delito tiene sanciones que parten desde los 3 años y 1 día a 5 años de presidio.
El mensaje que llegó desde la Cámara, proponía la sanción en los casos en que el secuestro se prolongara por más de 48 horas; sin embargo, en la Comisión de Seguridad se propuso la enmienda en donde se rebajó el guarismo a 24 horas, lo que deberá ser refrendado en tercer trámite constitucional por la Cámara.
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Los legisladores coincidieron en que se “corrige una deficiencia del tipo penal”, dando “una señal pública y política para disuadir este tipo de delitos”. Además, se recordó que, según datos de las policías, al comparar el año 2021 con el 2022, los secuestros aumentaron en un 79,4%. “Las cifras nos alarman”, “estamos ante una realidad a la que no estábamos acostumbrados”, “es un delito que genera mucho temor y del cual hay que hacerse cargo”, se indicó trasversalmente.
En este sentido, se aseveró que esta norma en específico “no es populismo penal” y se llamó a avanzar con una mirada más integral. Además, se reconoció que estamos ante “secuestros exprés cada vez más recurrentes”, los que “eran tratado como robo con intimidación”.
Sin embargo, algunos senadores reconocieron que “no es que los delincuentes estén pendientes de estas penas… Hay que ir evaluando si este tipo de medidas van reduciendo estas cifras”, “no es que la sola promulgación de la ley haga que estos hechos no ocurran”.
Unánime respaldo a penas más altas por porte de armas en lugares concurridos
También de manera unánime, la Sala del Senado aprobó el proyecto que permite aplicar penas más altas a quienes porten armas de fuego o artefactos explosivos en lugares altamente concurridos. Con ello, la iniciativa deberá cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados, puesto que se le introdujeron algunos cambios al incorporar entre estos recintos a los centros de educación, de salud, estaciones de buses y, en general, todo medio de transporte de carga o personas.
Según explicó el presidente de la Comisión de Seguridad Pública, senador Felipe Kast, el proyecto establece que en los casos en que una persona porte armas en lugares de alta concurrencia de personas, las sanciones aplicables excluirán la sanción más baja por lo que la pena mínima partirá en los 4 años y 1 día.
El senador precisó que durante el debate en esa instancia se analizaron los tipos de lugares que serían considerados de alta concurrencia y se optó por incluir los recintos educativos y de salud, públicos y privados, además de las estaciones de buses y medios de transporte de carga o personas. Indicó que la enumeración no excluye a otros lugares semejantes.
En lo fundamental, el proyecto señala que si los delitos de porte de armas o artefactos se cometen en lugares altamente concurridos «tales como, la vía pública, edificios públicos o de libre acceso al público, establecimientos educacionales públicos o privados, centros de salud públicos o privados ferias libres, mercados, centros comerciales, eventos deportivos o espectáculos, o dentro de medios de transporte público, instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustibles, de instalaciones de distribución o generación de energía eléctrica, portuarias, aeropuertos o estaciones ferroviarias, incluyendo las de trenes subterráneos, estaciones de buses y, en general, todo medio de transporte de carga o personas u otros lugares semejantes, se impondrá al responsable la pena señalada al delito con exclusión de su grado mínimo, si ella consta de dos o más grados, o de su mitad inferior, si la pena es de un grado de una divisible».
Durante el debate, hubo quienes plantearon la necesidad de sancionar a cualquiera que porte armas en lugares públicos, independiente de si son altamente concurridos o no, señalando que quien porte armas sin permiso debería ir a la cárcel.
En ese contexto, algunos senadores señalaron que es necesario avanzar a un país sin armas -con las excepciones propias de los funcionarios policiales y de las FF.AA, además de los casos de caza y deporte- y que el común de las personas no tenga acceso a la tenencia y porte.
Asimismo, se puso en relieve que, si bien está prohibido el porte de armas, ha habido un incremento en las infracciones por este concepto, por lo que se debería avanzar en un plan de desarme, en legislar para evitar el tráfico de municiones y que los sostenedores de armas se reempadronen.
Otro de los temas en que se plantearon dudas dice relación con que el proyecto enumera lugares que pueden ser considerados de alta concurrencia, señalando que la idea es que no se excluyan otros que también puedan entrar en esa categoría.